PORQUÉ ACUSAMOS A LA OPERACIÓN CÓNDOR
Nuestro punto de vista sobre la
Operación Cóndor es que constituyó una asociación criminal creada por las
dictaduras del Cono Sur de Latinoamérica (Argentina, Chile, Paraguay, Brasil,
Bolivia y Uruguay) durante los años ´70, a instancias y con participación de
Estados Unidos, para perseguir, torturar, matar y desaparecer opositores
políticos, más allá de las fronteras.
Un proceso judicial iniciado en
Argentina hace más de veinte años culminó con sentencia condenatoria en 2016,
dando la razón a la esencia de la denuncia original.
Cuando este proceso judicial se
inició en 1999, regían en nuestro país desde 1987 las “leyes” de Obediencia
Debida y Punto Final, que habían paralizado la actividad judicial sobre los
crímenes de lesa humanidad de la dictadura. Recién en 2003 esas normas fueron
derogadas y declaradas nulas.
A pesar de ellas, en 1999 el
abogado Alberto Pedroncini reunió un grupo de familiares de víctimas de la
Operación Cóndor de diversas nacionalidades, compartiendo la tarea jurídica con
el profesor David Baigún, y propuso promover una querella criminal ante los
tribunales federales de Buenos Aires.
Ambos juristas habían concluido
que los delitos del Cóndor, cometidos dentro del país y continuados fuera de
él, atento que muchos de sus autores eran extranjeros, no quedaban comprendidos
en las leyes de impunidad referidas, y en consecuencia no se podía frenar su
investigación.
Vale recordar que, basados en un
enfoque similar (el robo de bebés tampoco estaba comprendido en las leyes de
impunidad) fueron ellos mismos quienes dieron también el impulso inicial en
1999 y buena parte de la instrucción, a la querella promovida por Abuelas sobre
el Plan Sistemático de Robo de Bebés.
Obviamente la derogación por el
Congreso en 2003 de las leyes de impunidad, al convertirse en ley el proyecto
de la diputada nacional Patricia Walsh, permitió, al calor de las nuevas
condiciones políticas, que ambas causas continuaran su curso y se expandiera el
fenomenal juzgamiento de los delitos de lesa humanidad, que -convertido en
política de Estado- todavía continúa.
Pedroncini había compartido
conmigo esas creativas inquietudes jurídicas desde antes de promover las
querellas, y pasados los años de la instrucción -la que gracias al tenaz compromiso
personal y rigor que lo caracterizaron lo tuvo como impulsor permanente- me
sumó a la tarea de colaborar con el juicio a la Operación Cóndor.
Obviamente para mí fue un honor participar de una tarea tan creativa, que había
concebido a la Operación Cóndor como una asociación criminal autónoma
que merecía ser juzgada como tal y que lograra saltar las vallas de impunidad
entonces vigentes.
Los sucesivos jueces y fiscales federales actuantes no
impidieron el desarrollo de la instrucción, que se extendió durante ocho años.
En 2007 el expediente fue elevado
a juicio oral. Asumí la tarea de preparar el borrador del ofrecimiento de
prueba de nuestra parte querellante y a partir de allí seguí el curso de la
causa, incluyendo la representación en las audiencias del Juicio Oral.
Para ello tuve que adentrarme en
un extraordinario expediente que ya tenía unos cuarenta cuerpos (algo así como
8000 páginas), y que luego de la instrucción complementaria y otros avatares
típicos de una causa que nunca gozó de especial simpatía de las “altas
esferas”, en 2012 llegó al borde del inicio del juicio oral.
Indicios de la subjetiva
apreciación precedente residen en los prolongados tiempos del proceso y su
mínima difusión periodística. La meritoria excepción fue la media docena de
artículos que la periodista Alejandra Dandan logró publicar en el diario Página
12 entre 2013 y 2016.
Esos fueron los años en los que
se desarrolló el juicio oral, que trámitó ante el Tribunal Oral Federal Nº1
(integrado entonces por los Dres. Oscar R, Amirante, Adrián F. Grunberg y Pablo
G. Laufer), desde fines de 2012 hasta el fallo condenatorio del 27 de mayo de
2016, cuyos fundamentos se publicaron en agosto de 2016 (https://www.cij.gov.ar/nota-22663-Lesa-humanidad—difundieron-los-fundamentos-de-la-sentencia-por-el--Plan-C-ndor--.html).
Se trata de una sentencia
ejemplar, de gran valor histórico y jurídico, que condenó a 15 altos jefes
militares argentinos y uno uruguayo, a duras penas de prisión como integrantes
de una asociación ilícita y secreta concertada por los gobiernos dictatoriales
del Cono Sur, para perseguir opositores, encarcelarlos ilegalmente, torturarlos,
matarlos y desaparecerlos.
El relevante papel jugado en el
juicio por la fiscalía del Dr. Pablo Oubiña fue de muy alto nivel jurídico, y
debo decir también humano en su relación con los testigos, víctimas del Cóndor.
De lo primero hay un excepcional
documento, su alegato, que puede leerse en internet en https://www.mpf.gob.ar/plan-condor/.
Las pruebas reunidas en el
expediente constituyen un acervo documental, testimonial, académico, etc. que
además de su extensión y acreditación de los hechos, tiene una notable
profundidad para el análisis del período histórico, inclusive más allá de la
excelente sentencia.
Nuestro propósito es difundir
algunos de los hechos históricos ocurridos en el marco de la Operación Cóndor,
con la particularidad de que serán contados e interpretados a partir no ya de
investigaciones políticas y/o periodísticas, sino -como parte acusadora- de las
pruebas obrantes en el juicio; especialmente documentos desclasificados, declaraciones
testimoniales, etc.